jueves, 17 de septiembre de 2009

AEDROS Carta de Derechos del Donante

CARTA DE DERECHOS DEL DONANTE


La filantropía se basa en actos voluntarios dirigidos al bien común. Dar y compartir es una tradición fundamental que contribuye a una mejor calidad de vida. Para garantizar que la filantropía cuente con el respeto y la confianza del público en general, y que los donantes y potenciales donantes puedan tener plena confianza en las organizaciones de la sociedad civil y en las causas para las cuales les es solicitado su apoyo, declaramos los siguientes derechos:

I
A ser informado sobre la misión de la organización y de su capacidad para utilizar las donaciones para los propósitos declarados, de manera eficaz.

II
A ser informado de la identidad de los miembros del consejo directivo de la organización, y a esperar que ellos cumplan con prudencia su responsabilidad en la administración de las donaciones.

III
A tener acceso a los informes financieros más recientes de la organización.

IV
A tener la seguridad de que las donaciones serán utilizadas para los propósitos con que fueron dadas.

V
A recibir el debido agradecimiento y reconocimiento.


VI
A que se garantice que la información acerca de sus donaciones será manejada con respeto y en forma confidencial en conformidad a lo previsto por la ley.

VII
A esperar que todas las relaciones con los representantes de las organizaciones de su interés , sean de carácter profesional.

VIII
A ser informado si los que solicitan donaciones son voluntarios, empleados de la organización o personal contratado para tal efecto.

IX
A tener la oportunidad de que sus nombres sean eliminados de listas de correo que puedan ser compartidas con otra organización.

X
A tener la libertad de hacer preguntas sobre sus donaciones y a recibir respuestas rápidas, honestas y directas.

www.aedros.org

Declaración Internacional de Principios Éticos en Fundraising

Prefacio
Los fundraisers trabajan en muchos y variados campos, países y circunstancias,
pero comparten varios valores y prácticas fundamentales: trabajan para el cambio
social, ayudan a la gente y preservan bienes valiosos. De hecho, trabajan para
hacer del mundo un lugar mejor. Por estas razones los fundraisers se esfuerzan en
identificar y aplicar las mejores prácticas.
El propósito de esta Declaración de Principios Éticos es promover el crecimiento,
en todo el mundo, de una comunidad de fundraisers que trabaje con responsabilidad,
transparencia y eficacia. En esta declaración queremos establecer de ahora
en adelante lo que nos une en el modo en que practicamos nuestra profesión.
Reconociendo que en muchos países ya existen códigos de conducta y estándares
de práctica, la intención de esta declaración es unir a la comunidad global de fundraisers
bajo una única declaración universal de principios fundamentales. Las
organizaciones e individuos que aprueben esta declaración no abandonarán necesariamente
los códigos o estándares existentes, sino que apostarán por la vigencia
universal de estos principios fundamentales.
Aplicada en diferentes ambientes culturales, esta declaración puede proporcionar
una guía para poner en marcha mejores prácticas en mercados de nuevo desarrollo.
También proporciona una alternativa clara a las costumbres locales que pueden
no ser buenas prácticas. La adhesión a esta declaración debe también permitirnos
avanzar en el propósito común de asegurar la confianza pública en el sector
no lucrativo al tiempo que desincentiva la ganancia personal a expensas de los
donantes y otros grupos de interés.
inco principios universales
Cinco principios importantes para actuar como fundraiser:
Honestidad: Los fundraisers actuarán siempre honesta y sinceramente de
manera que la confianza del público sea protegida y los
donantes y beneficiarios no sean engañados.
Respeto: Los fundraisers actuarán siempre con respeto a la dignidad de
su profesión y de su organización, así como con respeto a la
dignidad de los donantes y beneficiarios.
Integridad: Los fundraisers actuarán abiertamente y cuidando de su responsabilidad
sobre la confianza pública. Darán a conocer
todos los conflictos de interés reales o potenciales y evitarán
cualquier muestra de mala conducta personal o profesional.
Compasión: Los fundraisers trabajarán de manera que se promueva su
causa y animarán a los demás a usar los mismos estándares
profesionales y tener el mismo grado de compromiso. Darán
valor a la privacidad individual, la libertad de elección y la
diversidad en todas sus formas.
Transparencia: Los fundraisers estimularán la presentación de informes claros
y precisos sobre el trabajo que hacen, el destino de las
donaciones y los costes de la captación.
stándares de práctica
Estos estándares reconocen que los fundraisers operan sujetos a muchas jurisdicciones
diferentes y que deben seguir las leyes de la jurisdicción en la que trabajan. Sin
embargo, se espera que los fundraisers que se adhieran a estos estándares de práctica
se comprometan, primero o sobre todo, con la más rigurosa interpretación de la ley
y del código ético de la asociación profesional de su país, cualquiera que sea la jurisdicción
de la que provengan.

1. Responsabilidad de los fundraisers en relación a las donaciones:
Las donaciones deberían ser aceptadas si son voluntarias, están en la línea con
los objetivos de la organización y suponen costes razonables en relación con
el valor de la donación.
Los fondos serán desembolsados de acuerdo con los deseos del donante, si
los expresa.
No se recaudarán fondos para beneficio personal del fundraiser.
Los fondos serán recaudados cuidadosamente y con respeto a la libre elección
del donante, sin recurrir a la presión, al acoso, la intimidación o la coacción.

2. Relación con los grupos de interés:
Los fundraisers responderán estrictamente ante todos los grupos de interés,
incluyendo donantes, beneficiarios y empleados.


Los fundraisers respetarán los derechos del donante dando la información
oportuna sobre cómo se usan las contribuciones, respetando la privacidad del
donante y siguiendo los deseos del donante.
Los fundraisers respetarán los derechos de los beneficiarios y preservarán su
dignidad y autorespeto. No utilizarán materiales o técnicas que menoscaben
esta dignidad.
Los fundraisers trabajarán con proveedores o agentes intermediarios con los
mismos estándares que su propia organización. Harán esfuerzos razonables
para asegurar que los proveedores no ganen un beneficio irrazonable mientras
trabajen con su organización.

3. Responsabilidad en relación a la comunicación y el marketing:
Los fundraisers únicamente utilizarán información pública precisa, verdadera
y no engañosa, e información que respete la dignidad y el autorespeto de los
beneficiarios.
Los fundraisers no expresarán o sugerirán en público que la captación de fondos
no tiene costes de adquisición y de administración, que dé la impresión
incorrecta de que esa actividad no tiene costes.
Los fundraisers proporcionarán información verdadera sobre el uso de los fondos
sin exagerarla ni infravalorarla.
Respetarán siempre las leyes de protección de datos.
Los fundraisers aceptan que toda información del donante o asociado obtenida
por una organización no será transferida o utilizada por otras organizaciones.
El deseo del donante de ser eliminado de las listas comerciales será atendido
con prontitud y sin obstáculos para el donante.

4. Tratamiento de los informes, finanzas y costes de fundraising:
Los fundraisers se asegurarán de que todas las transacciones, la contabilidad y
los informes de los que son responsables son transparentes y no ambiguos.
Serán capaces de responder en todo momento de su trabajo profesional.
Animarán a su organización a informar conforme a los estándares nacionales
e internacionales de métodos contables.
Enviarán a todos los grupos de interés informes anuales precisos en un tiempo
razonable o animarán a su organización a que lo haga.
Los fundraisers serán abiertos y claros sobre los costes de los programas de captación,
los honorarios y otros gastos, y la forma en que se distribuyen.


Comunicarán con transparencia la forma a los empleados, donantes o beneficiarios
que lo soliciten la forma en que son retribuidos.

5. Pagos y compensación:
Los fundraisers ofrecen sus servicios como voluntarios o bien como asalariados
o por pagos predeterminados. No deberían aceptar comisiones o compensaciones
basadas en porcentajes sobre los fondos captados.
Los fundraisers no aceptarán ninguna propina personal cuando actúen en
nombre su organización.
Los fundraisers no buscarán o aceptarán ningún pago personal, en dinero o en
especie, de un proveedor de mercancías o servicios como recompensa por los
negocios realizados.
Los criterios para la remuneración de un fundraiser en función de su desempeño
deben ser acordados de antemano y no deben estar basados en un porcentaje
sobre los fondos captados.
6. Cumplimiento de las leyes nacionales:
Los fundraisers se opondrán si la organización para la que trabajan no cumple
con las leyes civiles y penales aplicables, ya sean locales, nacionales o internacionales.
Los fundraisers no se verán implicados en actividades que entren en conflicto
con las obligaciones nacionales o internacionales de su organización o de
otras. Es más, harán lo posible para evitar la comisión de un delito o la mala
conducta profesional.
Declaración Internacional de Principios Éticos en Fundraising

www.profesionalesfundraising.org

Codigo de Conducta de Fundraising


Código de Conducta para el desarrollo del Fundraising en España
La Asociación Española de Fundraising (AEFundraising) tiene por finalidad principal el “fomentar el desarrollo de la filantropía y la
captación de fondos en España, así como a la difusión de las buenas prácticas del marketing y la comunicación, aplicadas a la
gestión y la recaudación de fondos para causas solidarias”, en todos los ámbitos de dicho ejercicio profesional, bien sea desde las
organizaciones no lucrativas como desde la iniciativa privada.
Partiendo de esta base y desde su fundación, la Asociación aspira a ser la institución de referencia para cualquier profesional de la
captación de fondos en España, además de un espacio de encuentro y debate entre profesionales de las diferentes organizaciones y
sectores.
Entendiendo que la captación de fondos no es un concepto que se refiera exclusivamente a términos relacionados con ingresos
dinerarios, sino a la construcción de relaciones y al fomento de valores, a la mejora de la calidad de vida de las personas y al cambio
social; los fundraisers nos esforzamos en realizar nuestra labor con responsabilidad, transparencia y eficacia de manera que nos
permita avanzar en el propósito de asegurar la confianza pública en el sector no lucrativo y su desarrollo.
Lo que se propone en el presente documento es un conjunto de principios y valores, que desde la ética, orienten el ejercicio
profesional de la captación de fondos, con independencia del ámbito de actuación para el que se esté recaudando fondos.
Los miembros de la AEFundraising se comprometen a:
1. Ejercer la profesión de captación de fondos con honestidad, respeto, integridad y transparencia para conseguir la máxima
confianza de la sociedad en nuestra labor profesional.
2. Anteponer la misión de la causa y la de los colectivos beneficiarios a los intereses personales y profesionales, rigiéndonos
siempre por la misión de cada organización a la que servimos y, colectivamente, por el bien común y la mejora de la
calidad de vida de las personas.
3. Respetar la legislación vigente en todas las materias que guarden relación directa o indirecta con el ejercicio de la
profesión; así como los códigos éticos y/o de conducta que afecten a cada uno de los sub‐sectores en los que actúan los
captadores de fondos (Código de Conducta de la CONGDE para las ONGD, Código Ético de las Organizaciones de
Voluntariado de la PPVE, etc.).
4. Asegurarse de que los materiales utilizados en la captación de fondos sean exactos, reflejen adecuadamente la misión de
la organización y el proyecto o acción para los que son solicitados, y respeten y preserven, en todo momento, la dignidad
de los beneficiarios.
5. Respetar la voluntad de los donantes en lo que concierne al destino de sus fondos y consultarles siempre cualquier
posible cambio o modificación sobre el destino de sus aportaciones.
6. Utilizar técnicas y canales para la captación de fondos que al menor coste consigan el máximo resultado, esto es, captar
fondos siempre bajo el criterio de eficiencia y retorno en la inversión. Estas técnicas y canales no son un fin en sí mismos,
sino el medio por el cual obtener un mayor apoyo social para las causas, organizaciones y proyectos para los que
trabajamos.
7. Rechazar donaciones, sean de origen particular o corporativo, cuando éstas entren en colisión con los fines y valores de la
institución/causa por la que recaudamos fondos.
8. Proporcionar información precisa y veraz, y garantizar que la rendición de cuentas a los donantes, a través de informes de
seguimiento, memorias y reportes sobre actividades y resultados, reflejen fehacientemente la realidad de la gestión de
los fondos recaudados.
9. Asegurar la confidencialidad total de los datos de carácter personal de los donantes cara a terceros, guiándose por los
criterios que fija la normativa vigente en Protección de Datos.
10. Evitar cualquier tipo de relación comercial con donantes en beneficio propio, así como cualquier pago personal de un
proveedor como compensación por la relación comercial establecida; asimismo, los fundraisers no deberían aceptar
sistemas de retribución basados, exclusivamente, en porcentajes sobre los fondos captados.